14 de diciembre de 2015

Los puntos clave del Acuerdo de París




El acuerdo global alcanzado en la Cumbre del Clima conocido como el Acuerdo de París, supone un paso de gigante para frenar las emisiones de gases de efecto invernadero. La propuesta ha sido aceptada por todas y cada una de las 196 partes presentes en las conversaciones.  

Compromiso

La comunidad internacional se compromete a hacer todo lo posible para evitar que las temperaturas medias mundiales aumenten más de 2ºC con respecto a los niveles anteriores a la revolución industrial. 

Además quieren seguir esforzándose por limitar el incremento a 1,5º C. Y desean que en alguna fecha después de 2050, las emisiones causadas por el hombre sean reducidas a niveles que los bosques y océanos puedan absorber. El proceso, debe asentarse sobre la base de la equidad y en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza.


Revisión de los objetivos

El acuerdo de París crea un mecanismo de revisión de los compromisos, también voluntario, para observar si el esfuerzo es suficiente para limitar las emisiones globales y estabilizar las temperaturas. Para empezar, se emplaza al IPCC a realizar un análisis de la situación en el 2018. Los países deberán presentar un primer balance en el 2023 y, cada cinco años, endurecerlo en función de la evolución del clima.

Además, en el acuerdo se les pide a los gobiernos que revisen sus metas en los próximos cuatro años y examinen si pueden "actualizarlas", aunque no es obligatorio que profundicen sus reducciones.


 ¿Es un acuerdo ambicioso o es un tratado descafeinado? 

Es una propuesta equilibrada y lo más ambiciosa que ha sido posible. Hay que tener en cuenta la dificultad de satisfacer los puntos polémicos para cada delegación. 

¿Se trata de un acuerdo vinculante? 

Lamentablemente no es del todo vinculante, es decir el acuerdo adoptado es legalmente vinculante pero no la decisión que lo acompaña ni los objetivos nacionales de reducción de emisiones. 

No obstante, el mecanismo de revisión de los compromisos de cada país sí es jurídicamente vinculante para tratar así de garantizar el cumplimiento.

¿Habrá sanciones para los países que incumplan el Acuerdo de París? 

No hay sanciones contra los países que incumplan sus objetivos sobre emisiones. Sin embargo, el acuerdo prevé normas de transparencia que contribuirán a alentar a los países a que cumplan sus compromisos. 

De acuerdo al pacto, todos los países deben informar sobre sus emisiones y sus acciones para reducirlas. Sin embargo, prevé cierta flexibilidad para los países en desarrollo que la necesiten. 

¿Habrá ayudas económicas? 

Según el acuerdo, los países ricos deben mantener su asistencia financiera a las naciones pobres para que éstas reduzcan sus emisiones y se adapten al cambio climático. El convenio también alienta a otras naciones a que hagan aportaciones voluntarias. 

En el 2009, los países ricos prometieron la creación del llamado Fondo Verde, una ayuda financiera de 100.000 millones de dólares anuales a partir del 2020 para que los estados más desfavorecidos pudieran hacer frente a los problemas más inmediatos del cambio climático y acometer una transición energética. El Acuerdo de París se compromete a incrementar las inversiones a partir de ese año, aunque sin precisar en qué cuantía. 

Además, para las pequeñas naciones isleñas a las que amenaza el aumento de nivel del mar, el acuerdo incluye una sección en la que se reconoce las pérdidas y los daños vinculados con los desastres derivados del clima.


 Ratificación del Acuerdo de París 

El acuerdo está abierto a la firma de todos los países participantes a partir del 22 de abril del 2016 y entrará en vigor cuando lo ratifiquen al menos 55 partes de la Convención de la ONU, siempre que aglutinen un mínimo del 55% de los gases de efecto invernadero, es decir, los mismos criterios exigidos en el protocolo de Kyoto de 1997.

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